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Diputada Bulnes presenta proyecto que obliga a denunciar abusos sexuales contra menores de edad

 

 

La
moción, impulsada por la diputada del distrito 17, Mercedes Bulnes, busca
ampliar el espectro de personas obligadas a denunciar delitos sexuales contra
niños, niñas y adolescentes (NNA), y propone una nueva penalidad para la
omisión de denuncias. El proyecto está patrocinado transversalmente por parlamentarios
desde Renovación Nacional al Partido Comunista.

 

Estimaciones
realizadas por el Ministerio de Salud indican entre un 75% y un 80% de los
casos de abuso sexual en la población de niños y niñas no son denunciados
. Es
por eso que este miércoles 9 de agosto se presentó en la Cámara de Diputadas y
Diputados, el proyecto de ley que introduce modificaciones al sistema penal y
denuncia de delitos sexuales contra NNA. La reforma al Código Procesal Penal y al
Código Penal busca ampliar el espectro de personas obligadas a denunciar
delitos, sancionando con penas de encubridores a los que deciden omitir
denuncias de carácter sexual que involucre a menores de edad.  Entre los nuevos sujetos obligados a
denunciar se encuentran las autoridades eclesiásticas y a quienes desempeñen
cargos de autoridad en organizaciones que prestan servicios comunitarios, como
corporaciones, fundaciones, organizaciones no gubernamentales u otras
constituidas de conformidad a la ley.

 

La
iniciativa, desarrollada por la diputada Bulnes, fue apoyada por parlamentarios
de distintos sectores políticos y logró firmas de Carmen Hertz (Partido
Comunista), actual vicepresidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados, María
Francisca Bello (Convergencia Social), presidenta de la Comisión de Mujeres,
Clara Sagardia y Marcela Riquelme (Independientes), Jorge Rathgeb (Renovación
Nacional), Erika Olivera (Demócratas) y Nelson Venegas (Partido Socialista).

 

“El
proyecto de ley que he presentado tiene un objetivo muy preciso y es la
protección de los niños, niñas y adolescentes. Como parlamentaria, pero también
como abogada y madre de familia, la protección de los débiles, en este caso NNA
es una de mis mayores preocupaciones y prioridades. Es indispensable tramitar
rápidamente este proyecto y voy a realizar todas las gestiones necesarias para
que la Comisión de Mujer y Equidad de Género lo ponga en tabla en la Cámara y
que el Gobierno le de las urgencias necesarias a través del Ministerio de
Justicia, a través del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género” comentó la
diputada Bulnes.

Legislación
actual y penas

 

Actualmente,
no existe un deber general de denunciar, pero la ley sí establece casos
excepcionales de obligatoriedad como a las instituciones policiales, empleados
públicos, personal de salud, de educación, entre otros. Sin embargo, en el
proyecto de ley de la diputada Bulnes, se explica que es fundamental ampliar el
espectro de sanción, sobre todo tratándose de delitos sexuales, que normalmente
se suscitan en contextos cerrados, en donde se utiliza la confianza como
instrumento para vulnerar la indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes.

 

La
sanción actual que se establece para una persona obligada a denunciar es una multa
de una a cuatro unidades tributarias mensuales. Sin embargo, lo que se busca en
esta modificación, es incorporar un nuevo inciso en el artículo 177 del
Código Procesal Penal, que aumentaría esta pena, castigando la omisión con la
misma sanción que la de un encubridor.

 

El texto
explica que la sanción es insuficiente para aquellos individuos que quebrantan esta
inhabilidad, lo que genera un debilitamiento de la efectividad y una
vulneración de la confianza en el sistema jurídico, “con este propósito,
consideramos que debe existir una sanción más dura respecto del quebrantamiento
de la inhabilitación para trabajar con menores de dieciocho años, cuando esta
inhabilitación tuvo como causa la comisión de delitos sexuales”, señala la
modificación presentada por la diputada Mercedes Bulnes.

 

Además
de esto, hoy en día varios delitos incorporan la sanción de inhabilitación, ya
sea para trabajar con menores de edad, personas con discapacidad, personas
mayores, y/o animales, lo que se encuentran reguladas con penas de reclusión
menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias
mensuales. Lo que se agrega con este nuevo proyecto es la sanción con reclusión
menor en su grado medio a máximo.

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