–Autoridades hacen llamado a las
empresas para evitar malas prácticas que pueden generar multas que pueden
superar el millón de pesos por cada trabajador.
Este año
las fiestas patrias serán de largo aliento. Una buena noticia para los
fonderos, pero también para miles de personas que podrán tener un descanso de
hasta 4 días. Pero, si bien algunos podrán tener fin de semana largo, otros
solo podrán disfrutar el aniversario del país el 18 y 19 de septiembre. Las
únicas jornadas que son feriados irrenunciables.
“Siempre el
objetivo ha sido congeniar la vida laboral con la familiar. En estas fiestas,
el descanso de las y los trabajadores deberá comenzar a las 21:00 horas del
sábado 17 de septiembre y finalizar a las 06:00 horas del miércoles 20, salvo
alteraciones horarias por motivo de la rotación de los turnos”, aseguró la
Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba.
Por eso el
llamado de las autoridades es a los empresarios. Que respeten la normativa y,
por eso, la Dirección del Trabajo, junto a la Seremi de la cartera, van a
intensificar las fiscalizaciones durante las fiestas. En caso de que algunos
locales, sobre todo el comercio abra sus puertas el 18 y 19 de septiembre,
arriesgan multas de hasta 1 millón 269 mil pesos por cada trabajador.
“Las infracciones a estas normas serán sancionadas con
multa a beneficio fiscal de 5 UTM (317.260 pesos) por cada trabajador afectado,
si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores. Si los contratados
son entre 50 y 199, la multa sube a 10 UTM (634.520 pesos) por cada uno, y a 20
UTM (1.269.040 pesos) cuando en la empresa existen 200 o más contratados”,
explicó el Director (s) del Trabajo Félix Fuentes.
Si a un trabajador del Comercio no se le otorgan los
feriados obligatorios de los días 18 y 19 de septiembre o está citado por su
empleador para laborar esos días, puede ingresar su denuncia a través de la
página web www.direcciondeltrabajo.cl. Es importante que durante esa jornada registre su
asistencia como medio comprobatorio.