Santiago, 03 de octubre de 2023
El
domicilio electoral es aquel registrado ante el Servicio Electoral por
un elector o electora, que no necesariamente puede coincidir con su
lugar de residencia. La ley indica que, con motivo de la inscripción
automática en el Registro Electoral, debe ser el último declarado ante
el Servicio de Registro Civil e Identificación, o en el caso de
extranjeros, el registrado ante el Servicio Nacional de Migraciones en
el cumplimiento del requisito de avecindamiento, según corresponda. De
acuerdo con la ley, el lugar de trabajo o de estudios son domicilios
electorales permitidos. Lo anterior ha implicado, por ejemplo, la
concentración de personas con domicilio electoral en lugares como
oficinas, comercios, regimientos, cuarteles de F.F.A.A. y de Carabineros
de Chile, centros penitenciarios, centros de estudios y residencias de
larga estadía. También se han señalado como domicilios electorales
algunos hoteles, los que son informados por los interesados a las
reparticiones públicas antes señaladas y, consecuencialmente, informadas
posteriormente al Servicio Electoral. A lo anterior se debe agregar que
no constituye una obligación sancionada por le ley electoral la
circunstancia de que un elector mantenga un domicilio electoral
anterior, con el cual ya no tiene vínculo y que no ha actualizado. ¿Cómo se registran los domicilios electorales más concentrados de Santiago? El
Servicio Electoral seleccionó los siguientes domicilios electorales no
residenciales, con mayor concentración de electores para dar a conocer
la proveniencia del dato del domicilio, si se originaba en el Servicio
de Registro Civil e Identificación o en el Servicio Nacional de
Migraciones por inscripción automática o si estos datos se obtuvieron
como resultado de los periodos de cambio de domicilio: Como
puede apreciarse en el cuadro anterior, la gran mayoría de los
electores que se concentran en estos domicilios de acuerdo con el padrón
auditado para el plebiscito de diciembre 2023, no son cambios de
domicilio. Provienen de la inscripción automática, tanto en el caso de
los chilenos informados al Servicio Electoral por el Servicio de
Registro Civil e Identificación, con ocasión de la inscripción masiva
del año 2012, como de los que alcanzan periódicamente los 18 años.
También corresponden a la inscripción automática de los extranjeros que
informa el Servicio Nacional de Migraciones al cumplir los cinco años de
avecindamiento en Chile. En todos los casos el
domicilio electoral es el último domicilio que registran estos servicios
y que informan al Servicio Electoral en el momento de la inscripción
automática. Los cambios de domicilio efectuados
por los electores a los domicilios señalados en el cuadro anterior,
entre los años 2017 y 2023, están dentro de lo que puede considerarse en
el rango normal. Representan un 46% respecto de los cambios de
domicilios de electores que emigran desde Santiago a otras comunas. El crecimiento del padrón electoral de la comuna de Santiago y sus causas El
cuadro que se inserta a continuación muestra los cambios en el padrón
electoral de la comuna de Santiago en tres momentos: a) entre el
plebiscito de diciembre 2023 y la elección de mayo 2023, b) entre la
elección de mayo 2023 y el plebiscito de septiembre 2022 y c) los
cambios acumulados entre el plebiscito de diciembre 2023 y el plebiscito
de octubre 2020 Los
cambios de domicilio de electores que ingresan a la comuna de Santiago
son bastante inferiores a los cambios que salen de Santiago a otras
comunas (en algunos casos un 50%), por lo cual no se evidencia un
crecimiento anormal por dicha causa, más bien lo que se observa es una
disminución de electores. Lo anterior obedece a diversas causas, entre
las cuales se encuentran posiblemente las campañas del Servicio
Electoral desde el plebiscito 2022 llamando a actualizar los domicilios
electorales con el objeto de beneficiarse de la ley de acercamiento a
los locales votación, que privilegia la asignación de los electores a un
local de votación cercano a su domicilio. El
cambio más importante en la comuna de Santiago lo constituye el
incremento de electores extranjeros, que supera en 4,15 veces a los
nuevos electores chilenos que alcanzan los 18 años de edad. Se trata de
extranjeros que han cumplido los cinco años de avecindamiento en Chile,
contados desde su residencia legal y que son informados al Servicio
Electoral por el Servicio Nacional de Migraciones para su inscripción en
el Registro Electoral con el último domicilio que registran en dicho
servicio. El padrón auditado de la comuna de
Santiago para diciembre 2023 contiene 100.922 electores extranjeros
respecto de un total de 360.618 electores de la comuna. Publicación y reclamos al padrón electoral El
padrón electoral auditado fue publicado en la web del Servicio
Electoral el día 18 de septiembre de 2023 y la legislación contemplaba
un plazo de diez días para presentar reclamaciones ante los Tribunales
Electorales Regionales. Estas reclamaciones podían
interponerse tanto para incorporar a personas que se estimaban
injustificadamente omitidas del padrón electoral, como para solicitar la
exclusión de quienes figuraban en el padrón en contravención a la ley. Sanciones El
artículo 54 de la Ley N°18.556 establece penas de reclusión menor en su
grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales al
que, al declarar o actualizar domicilio electoral o la acreditación del
avecindamiento, proporcione datos falsos o un domicilio electoral
diferente de los permitidos en el artículo 10. Por
su parte, el artículo 55 establece pena de presidio menor en su grado
medio, multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales y la
inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios
públicos, al que incite, promueva, solicite u organice a los electores,
a modificar su domicilio electoral, declarando uno nuevo con datos
falsos o diferentes de los permitidos en el artículo 10. Por
último, señalar, que en el caso de detectarse irregularidades, el
Servicio Electoral ha denunciado en el pasado situaciones anormales de
cambio de domicilios, especialmente en comunas de baja población
electoral y está siempre atento a efectuar las denuncias
correspondientes, cuando se cuenten con antecedentes y fundamentos
serios.