Las Oficinas Locales de la Niñez son la institución encargada, a nivel comunal, de la promoción de derechos, la prevención de situaciones de riesgo y vulneraciones, y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Son los encargados de la protección administrativa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, capaz de articular la defensa integral y universal de la niñez y adolescencia. Somos la primera puntada de tejido, en la red intersectorial de protección para los niños, niñas y adolescentes
Linares: Las oficinas locales de Mejor Niñez se reunieron en un Encuentro Provincial Maule Sur, con el objetivo de fortalecer redes de apoyo, compartir experiencias y coordinar acciones en beneficio de nuestros niños, niñas y adolescentes.
Agradecemos a cada equipo por su compromiso en trabajar por una infancia protegida y llena de oportunidades. Estos encuentros nos permiten avanzar en la construcción de una comunidad más inclusiva, donde los derechos de la niñez sean prioridad.
Rol de Oficinas de Mejor Niñez: Son la institución encargada, a nivel comunal, de la promoción, protección, prevención de situaciones de riesgo y vulneraciones de los derechos de la niñez y adolescencia. El Servicio deberá garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos.
Orientar a los niños, niñas y adolescentes y a sus familias en el ejercicio de sus derechos.
¿Cuales son las funciones de una oficina Local de mejor niñez?
b)Fortalecer e impulsar la participación de los niños, niñas y adolescentes, sus familias, comunidades y la sociedad civil en materias relacionadas con la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
c)Detectar oportunamente riesgos de vulneraciones de derechos de un niño, niña o adolescente, teniendo en consideración los factores de riesgo y factores protectores de éste, su familia y su entorno.
d)Iniciar y gestionar los procesos de protección administrativa universal y/o especializada de los derechos de los niños, niñas o adolescentes. *
e)Realizar los procesos de protección administrativa universal ante la detección de riesgos de vulneración de cualquiera de sus derechos. *
f)Realizar los procesos de protección administrativa especializada referidos en la presente ley, respecto de niños, niñas o adolescentes que se encuentren vulnerados en uno o más de sus derechos. *
g)Llevar un registro único de los niños, niñas y adolescentes, y sus familias, que hayan sido sujetos de protección administrativa, tanto universal como especializada.
h)Articular la oferta dirigida a niños, niñas y adolescentes, especialmente la oferta de los servicios sociales vinculados al Subsistema de Protección Integral de la Infancia «Chile Crece Contigo» y la oferta del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de redes intersectoriales a nivel comunal, regional y nacional, procurando el acceso de los niños, niñas y adolescentes a la oferta social disponible y a los programas de protección especializados que se requieran.
* Pese a la entrada en vigencia de la Ley, es necesario que se aprueben todos los reglamentos que la Ley señala para operar la protección administrativa. Una vez se cuenten con esta aprobación estas funciones se podrán ejecutar.